martes, 18 de noviembre de 2008

LOS HINCHAS ACUSAN... El Fideicomiso responde

POR SANTIAGO CANTENYS

Las preguntas sobre la actualidad de la quiebra del Club Comunicaciones ganaron las calles del Ascenso. LINEA de 4 fue en busca de conclusiones y dialogó con Eduardo Fenochietto. El abogado del fideicomiso explica, aclara rumores y deja incertidumbre en relación al futuro.

Eduardo Pizzo dejó de ser el técnico alegando que se alejaba para que se pudiese mantener las condiciones de trabajo del plantel. La deuda con el entrenador supera los tres meses. Los jugadores acudieron a Futbolistas Argentinos Agremiados con sus atrasos de sueldos a cuesta. A partir de esta temporada el órgano dejó de realizar el aporte para el presupuesto de Fútbol y le exige a la subcomisión la presentación por escrito de los ingresos y egresos de la actividad. Estas situaciones fueron el disparador para una charla profunda con Eduardo Fenochietto, abogado del Fideicomiso.

- Le enviaron una carta documento a Eduardo Pizzo para que se presente a trabajar, existe una deuda con él. ¿Se le puede endilgar abandono de trabajo?
- Vayamos por pasos. Nos enteramos por los diarios de la renuncia de Eduardo Pizzo a la dirección técnica del plantel de fútbol, ese mismo día me comuniqué con él y me entrevisté en un par de oportunidades. Me dijo que su renuncia era indeclinable. Sin embargo, la misma no se efectivizó formalmente. Fue por ello que para aclarar la situación laboral se le envió la carta documento, al tiempo que le aconsejé recurriera a un colega para que lo asesorara.

La quiebra del Club Comunicaciones Asociación Civil fue decretada el 25 de octubre de 2000. Allí se dispuso un Fideicomiso como señala la ley.25.284. La duración es de tres años renovables hasta los nueve, significa que el 25 de octubre de 2009 es el plazo legal de este proceso. La deuda actual es de $ 18.000.000, los mayores acreedores son la A.F.I.P., el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y los ex empleados y empleados. A la fecha no se ha cancelado nada de la deuda.

- ¿Se puede evitar la liquidación del club?
- La primera manera de evitar la liquidación del club es que no genere deudas posteriores al decreto de quiebra, es decir, que no se continúe generando quebranto, supuesto en cuyo caso el club debe ser liquidado. Sentada esta premisa que surge de la ley, es necesario generar los recursos necesarios para cancelar el pasivo. El órgano fiduciario en su actual composición, que data poco más de un año, ha dado el primer paso, es decir, dejó de generar pasivos y ahora se encuentra avocado, a la búsqueda de interesados en aportar fondos genuinos que permitan la cancelación del pasivo.

– Si no se genera un recurso genuino extraordinario, por ejemplo la venta de un jugador el exterior, ¿el club desaparece?
- El club no va a desaparecer. Me canso de decírselo a todo el mundo. He tenido consultas de infinidad de interesados, sea con la figura que sea de participar en la gestión del club a mediano o largo plazo. Lo que pasa que en este momento la deuda es muy grande, estoy tratando de achicar un poco el pasivo con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, además, porque hay una condonación de deuda en trámite. Se está analizando la posibilidad que alguien participe aportando capital. Lo cual no es fácil. Si hay que vender alguna porción o hacer algún sacrificio, el club tendrá que hacerlo. Pero no tiene que desaparecer, sino todo lo contrario: hay que mantenerlo.

- ¿Se conoce el costo del predio?
- Es difícil de estimarlo, por la zonificación del predio, que es E4 que permite exclusivamente la conformación de áreas verdes, básicamente. Poco menos que tiene características de invendible, entonces uno tiene que ir buscando alternativas que sirvan para obtener algunas fuentes de financiación genuina, algún interesado en la actividad de la práctica deportiva, algún club del exterior. Siempre se está trabajando en eso, buscando algún interesado que pueda mantener el club, digamos.

Con relación a los terrenos, la ley 14.313 se dictó en agosto de 1954 y dispone en su artículo 1 ceder a favor del club Comunicaciones los actuales terrenos para ”ser afectada a las obras y demás instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades deportivas, sociales y culturales”.

- ¿No se estaría violando la ley si el predio no fuese utilizado para los fines que dicta?
- La ley efectúa la donación. Pero no es una donación con cargo ni figura tampoco inscripta en el registro de la propiedad inmueble, asentada ninguna restricción al dominio. La única restricción al dominio que tiene este predio es una servidumbre de electroducto. En la parte de atrás del club hay un establecimiento de Edenor y hay una restricción de electroducto que está en trámite de indemnización, por que el club nunca fue utilizado por esa restricción al dominio. Eso es materia de trámite en este momento. No hay un restricción que impidiera vender el predio. Lo que justamente lo impide es la ley de Fideicomiso, que se hizo para salvar las entidades deportivas con problemas económicos o financieros.

En el año 2004 el Arzobispado de Buenos Aires ofertó 280.000 dólares para adquirir aproximadamente 13.500 metros cuadrados y trasladar allí el templo de la Virgen Desatanudos. Dos integrantes del Órgano Fiduciario de ese momento, Jorge Rubinska y Carlos Varela Olid, habían dado el visto bueno para la operación. El socio Eduardo Darío Albano realizó la presentación de un escrito en el Juzgado Comercial N° 7 a cargo del doctor Gutiérrez Cabello. El rechazo a la venta aclaraba que “en caso de hacer lugar a la venta solicitada se estará violando la ley 14.313, tanto en su contenido como en su espíritu, y por ello debe rechazarse el ofrecimiento de compra formulado” (1). Albano señalaba también que la ley 25.284 dispone como “primer objetivo la protección del deporte como derecho social” (2).

Socios e hinchas de Comunicaciones sospechan de la complicidad de Fenochietto y el juez Fernando D´Alessandro. Se cuestiona la participación de ambos en la causa de “El Hogar Obrero” y, en particular, la suya en la quiebra de “Cerámicas Zanon”.

Al respecto el abogado se defiende. “Creo que la gente habla sin conocer de los temas que habla. En primer término, creo imprescindible aclarar que no integré con el Dr. D’Alessandro la quiebra de El Hogar Obrero, ni la de Cerámica Zanon S.A. En tal sentido, soy un abogado que ejerce la profesión de manera independiente y me especialicé en el derecho comercial, habiendo tomado intervención en diversos concursos y quiebras. El Hogar Obrero no es una quiebra, es un concurso preventivo en trámite desde marzo de 1991, el más grande la historia de nuestros tribunales. Soy apoderado de la cooperativa, durante cuyo trámite han intervenido como subrogantes no menos de diez jueces. Uno de ellos ha sido el Dr. D’ Alessandro. Mientras que Cerámica Zanon S.A. es una quiebra, en la que intervengo como apoderado de un acreedor, en cuya representación integro el comité de acreedores, sin que yo sepa si el Dr. D’ Alessandro ha intervenido en alguna oportunidad. Me parece que la pregunta se la deben hacer al Magistrado. Por último, he de señalar que el órgano fiduciario en su actual composición es estricto en el cumplimiento de la ley y de allí los problemas que han surgido, aunque parezca increíble, por el apego al cumplimiento de la ley”.

- ¿Cuál es su sensación cuando se lo acusa de querer llevar al club a la liquidación definitiva?
- Acá nadie quiere pagar la deuda. La principal pauta de la ley es sanear el pasivo, segundo conservar las fuentes de trabajo y tercero continuar con las actividades deportivas. Hay que hacer un combo y tratar de mantener las tres cosas. Hasta ahora nadie se había ocupado de eso y nosotros nos estamos ocupando.

- El artículo 7 de la ley de Fideicomiso señala que “la deudora concursada o fallida, conserva su derecho de defensa a través de sus órganos institucionales y estatutarios”, ¿Por qué entonces no se puede llamar a elecciones?
- Un socio vitalicio solicitó el llamado a elecciones de autoridades, que ha sido rechazado porque la ley 25.284 regla como único caso de llamado a elecciones por medio del órgano fiduciario, el cumplimiento de los objetivos previsto en su art. 2, es decir, el saneamiento del pasivo, supuesto ausente en el caso del Club Comunicaciones. La resolución judicial dictada, la que reviste la calidad de cosa juzgada.

Es evidente que el debate sobre el futuro de Comunicaciones no se termina en estas líneas y tendrá más espacio en LINEA de 4, pero cabe formularse algunas preguntas. Luego de haber pasado ocho años de Fideicomiso, con distintos jueces, abogados, contadores y expertos en administración deportiva, ¿por qué no se pagó porcentaje alguno de la deuda? ¿Cómo fue que se siguió generando pasivo, más allá de octubre de 2000? ¿De quién es la responsabilidad por el accionar de estos actores, que colocaban al club en situación de liquidación permanente?

1 y 2 Página 12 “Un terreno para la Desatanudos”, por Gustavo Veiga.

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